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El juez del Supremo ordena prisión sin fianza para el ex ministro Ábalos y Koldo García ante el riesgo «extremo» de fuga

Publicado: noviembre 27, 2025, 3:07 pm

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha acordado este jueves prisión incondicional para el ex ministro de Transportes José Luis Ábalos y su ex asesor Koldo García. El diputado se convierte así en el segundo ex secretario de Organización del PSOE que ingresa en la cárcel por graves delitos de corrupción en los últimos meses, después de Santos Cerdán.

El instructor Puente acuerda el ingreso en la cárcel, tal y como había solicitado la Fiscalía Anticorrupción, debido al incremento de riesgo de fuga ante la proximidad del juicio oral. El juez les atribuye a ambos acusados la comisión de delitos de integración en organización criminal, cohecho, uso de información privilegiada, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

El magistrado de la Sala de lo Penal señala en el auto notificado hoy a las partes que, de acuerdo con lo expresado por la Fiscalía y la acusación popular, además de «existir indicios más que bastantes de la eventual comisión de graves hechos delictivos, el posible riesgo de que dichos acusados pudieran sustraerse a la acción de la justicia resulta, en este momento, extremo». Entiende que ese peligro no puede conjurarse con el simple mantenimiento de las medidas cautelares que pesaban hasta ahora sobre ambos: comparecencias quincenales en el Juzgado y retirada del pasaporte.

El juez resume así la situación del ex ministro: «La existencia de numerosos indicios racionales de criminalidad frente al acusado, formalizados ya en una resolución judicial de imputación, con relación a la eventual comisión de varios graves delitos; concluida ya la instrucción; e interesadas por las acusaciones la imposición de muy graves penas privativas de libertad (que superan con holgura los veinte años de prisión); unido al previsiblemente muy próximo enjuiciamiento y a la naturaleza no recurrible de la sentencia que en su momento recaiga, determinan ahora, a juicio del instructor, que el riesgo de que el Sr. Ábalos Meco pudiera sustraerse a la acción de la justicia resulta máximo en este momento, sin que el mismo pueda ya conjurarse con satisfactorio pronóstico con el simple mantenimiento de las medidas cautelares hasta ahora acordadas».

En el auto, Puente hace referencia a la condición de diputado que Ábalos ha esgrimido para intentar evitar la medida cautelar. «Él mismo ha señalado, ratificando los argumentos expuestos primeramente por su defensa, que el salario que percibe por ello resulta ser su actual medio de vida. El Sr. Ábalos Meco explicó también, sin embargo, que, de acordarse en la causa la prisión provisional, podría perder el derecho a seguir percibiendo dicho salario, circunstancia que, evidentemente, se produciría también, dentro previsiblemente de pocos meses, para el caso de ser dictada en su contra una sentencia de sentido condenatorio». «Mal puede entenderse en esas circunstancias que la percepción de dicho salario le vincule de particular manera estable a nuestro país», concluye el juez.

«Recursos económicos para fugarse»

El riesgo de fuga se apoya también en las circunstancias económicas en las que el ex dirigente socialista se ha movido en los últimos años. «No puede tampoco desconocerse» que Ábalos «ha podido recibir y manejar importantes cantidades de dinero en metálico, al punto que durante varios años no precisó realizar egreso alguno de sus cuentas bancarias, lo que permite inferir razonablemente que pudiera disponer de recursos económicos bastantes para emprender y sostener la fuga».

En el auto referido al ex ministro de Transportes, el juez acuerda que la Letrada de la Administración de Justicia ponga el auto de prisión en conocimiento de la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, así como el auto del pasado 3 de noviembre, en el que dio por terminada la investigación y propuso sentar al diputado al banquillo. Cumple así el instructor con lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados.

En este sentido, el magistrado indica que «los efectos que pueda proyectar la prisión provisional del Sr. Ábalos Meco sobre su actividad parlamentaria es decisión que corresponde adoptar al Congreso de los Diputados en aplicación del Reglamento que lo regula».

Durante la vistilla de medidas cautelares celebrada este jueves, Ábalos ha defendido su arraigo como diputado frente al riesgo de fuga apreciado por el fiscal jefe Anticorrupción Alejandro Luzón. Por otro lado, su ex asesor Koldo García también ha negado que exista un riesgo claro de que vaya a sustraerse a la acción de la Justicia.

La resolución que envía a prisión a Koldo García es muy similar a la del ex ministro. El asesor hizo hincapié en su situación familiar -una hija de cinco años, casado, con hermanos y una madre a la que atiende-, defendiendo con ello su «arraigo» en España.

«El hecho cierto», rebate el juez, «es que, si dicho riesgo extremo [de fuga] se concretara, cualquiera de dichos familiares podría, si ese fuera su deseo, desplazarse a su encuentro, teniendo en cuenta el horizonte penal en este momento previsible por las razones expresadas para el Sr. García Izaguirre, o preferir éste separarse temporalmente de su familia con el propósito de eludir aquel escenario personalmente muy desfavorable».

Para José Luis Ábalos, el fiscal pide 24 años de prisión por los cinco delitos citados por anterioridad. Por su parte, a Koldo García, el Ministerio Público le atribuye los mismos delitos y solicita 19 años y medio de cárcel por la compraventa fraudulenta de material sanitario en pandemia, la denominada trama de las mascarillas.

Tanto el ex secretario de Organización del PSOE como su ex asesor han acudido este jueves a la sede del Alto Tribunal prevenidos, con sendas bolsas con sus pertenencias.

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