Publicado: octubre 15, 2025, 8:07 pm

El Tribunal Supremo ha anulado la resolución del Tribunal de Cuentas por la que, en julio de 2024, se impuso a Vox una sanción de 233.324,22 euros por haber recibido donaciones finalistas. El alto tribunal estima el recurso presentado por el partido de Santiago Abascal en relación con la primera de las tres multas que el órgano fiscalizador ha impuesto a Vox -la formación también ha recurrido las otras dos-.
El Tribunal de Cuentas resolvió que el partido había cometido dos «infracciones muy graves» de la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos en los ejercicios de 2018 y 2019. Apuntaba el órgano fiscalizador a dos campañas de captación de fondos que puso en marcha la formación: la primera, para abonar la fianza requerida por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por la querella de Vox contra el ex president Quim Torra y, la segunda, con el fin de pagar parte de la fianza de Borja Salvador, un joven condenado a dos años de prisión tras haberse enfrentado al atracador de una mujer y haberle ocasionado la muerte.
Por la primera de estas campañas de recolecta de fondos, el Tribunal de Cuentas impuso a Vox una multa de 50.000 euros y, por la segunda, una de 183.324,22 euros. El órgano fiscalizador consideró que se trataba de donaciones finalistas, con lo que señaló que se estaba infringiendo el artículo 17 de la Ley de Financiación de Partidos, que prohíbe a las fuerzas políticas recibir fondos con un fin determinado.
Vox recurrió estas multas ante el Supremo, que ahora estima su recurso y, en consecuencia, anula las sanciones. El alto tribunal considera que el Tribunal de Cuentas, al valorar el concepto de «donación finalista», «llevó a cabo una interpretación literalista y excesivamente formalista, que olvidó el espíritu y finalidad de la norma sancionadora». «La Sala considera que hay argumentos suficientes para, al menos, dudar de que esa interpretación goce del grado de certeza exigible a cualquier infracción administrativa considerada muy grave», señala la sentencia que ha hecho pública la formación de Abascal.
«Es verdad que, como apunta la resolución impugnada, esas cantidades se imputaban a una causa o proyecto concreto en la contabilidad del partido», explica el Supremo, que sin embargo argumenta que la prohibición a las formaciones de recibir donaciones finalistas busca salvaguardar «el pluralismo político y el ejercicio libre e independiente y en condiciones de igualdad de la actividad de los partidos». «La Sala no aprecia en qué medida, en los casos enjuiciados, pudo verse comprometida la actuación libre del partido sancionado, cuando era él quien había anunciado el fin o destino de las ayudas solicitadas», recoge la sentencia.
Señala también el Supremo, como otros de los aspectos tenidos en cuenta para analizar la resolución del Tribunal de Cuentas, «la publicidad de las campañas realizadas por el partido, en las que no se percibe el menor ánimo de infringir la legislación vigente». También alega que las campañas de recolección de fondos objeto de la sanción impuesta «responden a la defensa de valores o intereses que forman parte del ideario del partido».
La resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo anula dos sanciones impuestas a Vox por el mismo motivo: la recepción de donaciones finalistas. Pero el partido enfrenta aún otras dos multas por su financiación: una, de 50.000 euros, también por la recepción de donaciones finalistas y otra, de 862.000 euros, por recibir donaciones anónimas -prohibido por ley para los partidos-..