Los jueces discrepantes de la absolución de Miguel López por el crimen del 'caso Sala': "Se envía un mensaje perturbador" - España
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Los jueces discrepantes de la absolución de Miguel López por el crimen del 'caso Sala': «Se envía un mensaje perturbador»

Publicado: octubre 14, 2025, 1:07 am

Los dos magistrados del Tribunal Constitucional contrarios a absolver a Miguel López por el crimen de su suegra Maricarmen Martínez -viuda del ex presidente de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM)- han argumentado con contundencia el por qué de su discrepancia con sus compañeros de Sala. En sus votos particulares, recogidos en la sentencia, a la que ha tenido acceso EL MUNDO, consideran que la decisión «envía un mensaje perturbador» y que se priva a las acusaciones -la particular, ejercida por el único hijo varon de la víctima, y la Fiscalía- «la oportunidad de un juicio justo o equitativo».

El Constitucional ha sido la última instancia a la que ha llegado el asunto después que de este periódico revelara que, tras el juicio celebrado entre octubre y noviembre de 2019, hubo un primer veredicto de culpabilidad que se destruyó después de que la magistrada que presidía el Tribunal del Jurado concluyera que no estaba lo suficientemente motivado.

El hijo de Mari Carmen Martínez consideró entonces que la destrucción de este documento le causó indefensión a la acusación particular. El Tribunal Supremo le avaló pero la semana pasada el Constitucional lo descartó. Subrayó que el abogado de Vicente Sala Martínez, Francisco Ruiz Marco, pudo reclamar en su día. Sin embargo, dos de los jueces que integran esta Sala no lo comparten.

«No puede hablarse de inactividad o pasividad de las acusaciones (…) discrepamos. No resultaba exigible otra conducta de las partes acusadoras y, desde luego, no cabe que les sea achacable inactividad o pasividad alguna, como se afirma en varios pasajes de la sentencia», resuelven. «Sobre todo, pone de manifiesto una previa toma de posición de la presidenta del Jurado que hacía inviable cualquier alegación de las acusaciones, con la consiguiente a la acusación particular y al fiscal».

Y añade: «La única forma de recuperar la equidad del proceso fracturada por lo que ya hemos calificado de cierta falta de pericia y prudencia de la magistrada-presidenta es la retroacción del proceso para que se desarrolle ante un nuevo jurado. Concurría así uno de los motivos que justifican la revocación de una sentencia absolutoria, como es la vulneración de una garantía esencial reconocida a las partes acusadoras, sin la que no puede hablarse de un proceso debido».

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