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Ya se puede pedir cita presencial para hacer la declaración de la renta 2025: cómo solicitar y documentos necesarios

Publicado: mayo 29, 2025, 10:12 am

El pasado 2 de abril comenzó la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio económico de 2024. Este trámite es obligatorio para todos los trabajadores que cobren un salario superior a los 22.000 euros de un pagador o estén por encima de los 15.876 euros con más de uno y se puede llevar a cabo por vía telemática, telefónica o de manera presencial.

Este jueves 29 de mayo se abrirá el plazo para solicitar la cita que permitirá declarar el IRPF en persona, por lo que todos los trabajadores que tengan que presentar su borrador lo podrán hacer en las oficinas entre el 2 de junio y el 30 del mismo mes.

Cómo pedir cita presencial

Este 2025, se podrá pedir cita presencial para llevar a cabo la declaración de la renta por internet o por teléfono. En el primer caso, es necesario identificarse y se podrá hacer por varias vías: con Cl@ve Móvil, certificado o DNI electrónico, con el número de referencia del expediente de la renta, el número de DNI/NIE y el dato de contraste del documento o desde el acceso de ciudadanos de la UE (eIDAS).

Para pedir cita online, es necesario entrar en el portal de la Campaña de Renta 2024 y situarse en ‘Gestiones destacadas’, donde habrá que acceder al enlace ‘cita de renta’ y pulsar en ‘cita para campaña de renta 2024’. Además, se puede solicitar desde el bloque ‘asistencia y cita’ accediendo a ‘asistencia y cita para la campaña de renta 2024’.

En caso de querer solicitar esta cita por vía telefónica, se podrá hacer de lunes a viernes entre las 09.00 y 19.00 horas. Los números de teléfono habilitados para llevar a cabo esta gestión son: 91 553 00 71 y 901 22 33 44.

Documentación necesaria en la cita

En caso de preferir presentar la declaración de la renta de manera presencial, será necesaria la presentación de la documentación sobre la situación personal de cada uno. Entre estas se encuentran: b de la persona titular y una fotocopia del de todas las personas que vayan a figurar en la declaración, el IBAN de la cuenta bancaria, las referencias catastrales de todos los inmuebles en propiedad o en los que se viva de alquiler y una autorización firmada por otros declarantes si se va a presentar la declaración en su nombre.

Además, se deberá aportar cualquier justificante que pueda permitir llevar a cabo alguna deducción autonómica u otro beneficio fiscal. Por ejemplo, si se está viviendo de alquiler, es necesario aportar el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler; o si se cuenta con una hipoteca, será necesario presentar los recibos de los seguros.

Documentación en casos específicos

Existen unos casos específicos en los que se deberá aportar cierta documentación si se ha percibido alguna de estas rentas y no aparecen imputadas en los datos fiscales.

  • Por rendimiento de trabajo: certificado emitido por el pagador, importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (en caso de que la colegiación sea obligatoria). También, los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.
  • ​Por rendimiento del capital inmobiliario: habrá que presentar los contratos y facturas por los alquileres de pisos, locales, plazas de garaje o cualquier propiedad. Estos aspectos se pueden relacionar en el siguiente modelo.
  • ​Por rendimientos del capital mobiliario: Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros; contratos; recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones u otros activos financieros… En caso de haber percibido un seguro contratado antes del 31/12/1994, habrá que presentar el importe del capital recibido.
  • ​Por rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva: documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año. Por ejemplo, el personal, el consumo de energía eléctrica, la superficie del local, la potencia fiscal del vehículo o los ingresos, entre otros.
  • ​Ganancias y pérdidas por transmitir la vivienda habitual: habrá que registrar las fechas y escrituras o documentos de adquisición y transmisión. También, los importes reales, gastos y tributos de adquisición y transmisión. Además, deben quedar reflejados los datos de préstamos hipotecarios y capital pendiente de amortizar a fecha de transmisión, en caso de que existiesen. Se pueden relacionar todos los documentos en este modelo.
  • ​Ganancias y pérdidas por transmitir otros bienes, por premios o subvenciones: también debe haber registro de fechas y escrituras o documentos de adquisición y transmisión, importes reales, gastos y tributos de adquisición y transmisión. Además, los certificados de fondos de inversión y los justificantes de los premios o subvenciones.

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