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Publicidad y deducciones fiscales: las ventajas de empresas y particulares para subirse al Papamóvil

Publicado: junio 7, 2026, 3:00 am

La visita del Papa León XIV, que estará en España hasta el próximo 12 de junio, no solo congregará a miles de fieles y peregrinos en las 3 sedes de su periplo por el país (Madrid, Barcelona, Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife), sino que también puede tener efectos beneficiosos sobre el bolsillo de particulares y empresas más allá de los frutos espirituales. Hay dos vías, especialmente tras la declaración del viaje del Papa como ‘Acontecimiento de excepcional interés público’ vía Real – Decreto Ley el pasado 27 de mayo: las donaciones, tanto de particulares como personas, y los beneficios derivados de la Ley 49/2002 de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Las donaciones que hayan hecho o vayan a hacer los particulares pueden beneficiarse de importantes deducciones fiscales en la Declaración de la Renta. Hasta un 80% sobre la base del donativo en los primeros 150 euros y un 40% si excede de esta cantidad. En el caso de que sea un movimiento recurrente en el tiempo, si es superior a los citados 150 euros, la deducción asciende hasta el 45%. La condición es que se trate de la misma entidad durante los últimos 3 años con cantidades idénticos o superiores.

Hasta un 80% sobre la base del donativo en los primeros 150 euros y un 40% si excede de esta cantidad se pueden llegar a deducir los particulares que donen

Si los donantes son personas jurídicas, la deducción sería del 40% sobre la cantidad donada en el Impuesto de Sociedades aunque los beneficiarios deben ser fundaciones, asociaciones consideradas de utilidad pública u ONGs (por ejemplo, Cáritas). La deducción puede ascender al 50% si el receptor es el mismo en los últimos 3 años, con cantidades idénticas o superiores. Esta ventaja fiscal tiene un techo: Se puede deducir hasta el 10% de la base imponible del tributo. Es decir, la cantidad sobre la que se estima el tipo del impuesto aplicable.

El secretario técnico del Registro de Economías Asesores Fiscales (REAF) Rubén Gimeno, pone en valor que «no hay muchas limitaciones» a los donativos por parte de autónomas, así como de pequeños y grandes empresarios.

Un ‘acontecimiento excepcional’ entre otros 26…

¿Qué tienen en común el 10ª Aniversario del Mad Cool Festival, la «The Ocean Race Atlantic – New York – Barcelona» y el ‘IX Centenario del nacimiento de Averroes’ con el viaje de León XIV a España? El Real – Decreto Ley 12/2026 publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE) los declaró ‘acontecimientos excepcionales de interés público’. Una disposición que entró en vigor el pasado 28 de mayo y, que para el caso del Papa, justificaban en que «constituye un acontecimiento de relevancia extraordinaria, derivado de su proyección internacional, su dimensión institucional y la notable afluencia de participantes y visitantes que comporta». Un ‘honor’ compartido con otros 26 eventos diferentes, incluida la final de la UEFA Champions League Masculina 2027 en Madrid.

La declaración como ‘acontecimiento excepcional de interés público’ del viaje papal, junto a otros 26 eventos, supone que las empresas puedan deducirse hasta un 20% por gastos dirigidos a la publicidad del evento

Esta declaración ha abierto la puerta a más ventajas fiscales, que no caducarían hasta el próximo 31 de diciembre, pero que deben estar debidamente acreditadas: Un 15% de deducción por los gastos dirigidos a propaganda y publicidad en el caso de empresas o personas jurídicas para la promoción de los citados acontecimientos, en cumplimiento de los planes y programas de actividades que establezcan los consorcios u órganos administrativos que los gestionen.

El alcance de la deducción depende del contenido de la acción sea considerada ‘esencial’ o ‘no esencial’. En este último caso queda reducida al 3,75% del coste de la campaña. Telefónica, Banco Santander, Endesa, Indra Group, Mahou o Mutua Madrileña se han convertido patrocinadores del viaje papal, por ejemplo.

Misión: atraer más financiación

«Es una lucha que tienen las comunidades autónomas, el Estado y los ayuntamientos por que sus acontecimientos sean declarados excepcionales de interés público», apunta a ‘La Información Económica’ el secretario técnico del Registro de Economías Asesores Fiscales (REAF) Rubén Gimeno. Este experto explica que detrás de estas declaraciones, normalmente a través de la Ley de Presupuestos pero la falta de esta ha hecho que se opte por otras vías en los últimos años, «intentan que fiscalmente haya más ventajas para atraer financiación».

«Es una lucha que tienen las comunidades autónomas, el Estado y los ayuntamientos por que sus acontecimientos sean declarados excepcionales de interés público», Rubén Gimeno (Registro de Economías Asesores Fiscales, REAF)

Gimeno (REAF) añade que la consideración del viaje papal como ‘acontecimiento excepcional de interés público’ supone también que las deducciones por donaciones (particulares y empresas) aumentan un 5% más, y que el 15% mencionado para gastos en propaganda y publicidad, se elevaría otros 5 puntos porcentuales. Este experto opina que «para las empresa da muy buena imagen e incentiva fiscalmente: te van a ver millones de personas y ayuda a la autofinanciación».

«Todos ganan»

Para el secretario técnico de REAF en grandes acontecimientos, como la estancia de León XIV en España, pesaría más la posibilidad de las millonarias audiencias y los cientos de asistentes a los actos que va a protagonizar el Santo Padre. Un ‘chute’ de visibilidad nada desdeñable. «Todos ganan», resume Gimeno. Cabe recordar que, desde la organización de la visita, se ha venido hablando de costes por encima de los 15 millones de euros.

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