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La nueva ley de competencia

Publicado: mayo 2, 2025, 6:37 am

El Ejecutivo Federal presentó al Congreso las modificaciones a la Ley Federal de Competencia Económica, de acuerdo a los cambios constitucionales recientes. Lo primero que se destaca es que el órgano encargado de decidir sobre competencia, la Comisión Nacional Antimonopolio, estará conformada por personas con experiencia y formación en el ramo, que sean ratificadas por el Senado. En ese sentido, se garantiza que el país cuente con una institución capaz de investigar y sancionar conductas anticompetitivas, con autonomía de gestión e independencia técnica y operativa.

Se mantiene el esquema de que la unidad con facultad de investigación se mantenga separada del Pleno, que es el que resuelve los procedimientos. Además, dota a la autoridad de mayores facultades e instrumentos para lograr esos objetivos, ahora podrá utilizar en sus investigaciones instrumentos como encuestas, sistemas de recolección de datos y mecanismos de coordinación con autoridades en el extranjero.

Un cambio importante es que la autoridad puede incluir como una conducta ilícita, aun en el caso de que no exista un acuerdo formal, el intercambio de información entre agentes económicos cuando este tenga la finalidad de coludirse, segmentar mercados, influir en los precios u otros fines anticompetitivos. Otro es que, en la nueva propuesta, la definición de prácticas monopólicas relativas se amplía para abarcar a aquellas conductas que pretendan limitar la capacidad de otros agentes para competir en los mercados.

La autoridad de competencia podrá también controlar una mayor cantidad de concentraciones, ya que se reducen entre el 12.5% y el 17% los montos de los umbrales para la notificación de las mismas. Además, se establecen criterios más estrictos para valorar como favorables las eficiencias en las concentraciones, al hacerlas solo atribuibles a la operación, siempre sostenidas en el tiempo y cuando se traduzcan en beneficios concretos para los consumidores. También se establecen criterios específicos para evaluar fusiones y prevenir concentraciones indebidas en nuevos mercados, como los digitales.

Las multas por incurrir en una Práctica Monopólica Absoluta se incrementan del 10% al 20% de los ingresos del agente, y en el caso de las relativas o concentraciones ilícitas, la multa pasa del 8% al 15% de los ingresos del ejercicio fiscal. En ciertos casos, los infractores podrán ser inhabilitados para participar en contrataciones públicas por un periodo de seis meses a cinco años. Se refuerza también el derecho de los consumidores a interponer acciones colectivas, una vez que las resoluciones sean firmes.

Se trata pues de una reforma que mantiene la independencia técnica de la comisión, mantiene separadas las actividades de investigación de las de sanción, amplía los instrumentos, los supuestos y las facultades para investigar y sancionar, así como montos de las propias sanciones, bajo un enfoque en el que se privilegian los derechos de los consumidores.

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