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José Ramón López Martínez, asesor fiscal: «Que no te extrañe que cobres menos en noviembre y en diciembre»

Publicado: noviembre 15, 2025, 7:27 am

Llegan las dos últimas nóminas del año y es posible que notemos que en las de noviembre y diciembre hayamos cobrado menos de lo habitual. ¿A qué se puede deber esto? Un asesor fiscal responde.

José Ramón López Martínez difunde información sobre estos temas en cu cuenta de TikTok @tu_blog_fiscal, y en uno de sus últimos vídeos, avisa de que esta reducción en las últimas nóminas del año «es completamente normal y puede pasarle a cualquiera».

Esto ocurre, explica, por la regularización del IRPF, que en realidad se trata de un ajuste que realizan las empresas para cuadrar las retenciones anuales que les exige la Agencia Tributaria.

López Martínez añade que toda empresa tiene la obligación de aplicar a sus trabajadores un tipo mínimo de retención de IRPF. Este porcentaje no es fijo y varía en función de la situación personal y familiar del empleado (es decir, si tiene hijos, por ejemplo) y del sueldo bruto anual que percibe.

Lo que ocurre es que este cálculo no es fijo, sino que se revisa a lo largo del año, por lo que si la empresa ve que ha aplicado un tipo inferior al que corresponde, realiza un ajuste al final del año.

«Lo que hacen en noviembre y diciembre, explica el asesor, es subirte el IRPF para que, en el cómputo anual, se cumpla con el mínimo que exige la Agencia Tributaria«, dice José Ramón López.

El asesor explica que si en los primeros meses del año te han aplicado un tipo demasiado bajo, la empresa se verá obligada a ajustar al alza las nóminas de final de año.

En todo caso, no es que cobres menos o pierdas dinero. En realidad, estás pagando lo que tenías que haber pagado a lo largo del año. El ajuste de las empresas es legal y automático.

«A las empresas les conviene hacerlo, porque si aplican un IRPF inferior al que deben, Hacienda puede reclamárselo en la declaración del trabajador», explica José Ramón López.

¿Podemos pedir a nuestra empresa que que le retenga más IRPF del mínimo obligatorio? López no lo recomienda: «Poner un tipo superior al mínimo es ineficiente. Estarías pagando de más durante el año para que luego Hacienda te lo devuelva en la declaración de la renta».

Lo que sí debemos hacer es verificar que la empresa está aplicando correctamente el tipo mínimo exigido y que lo hace en correspondencia con nuestras circunstancias personales, sobre todo si se han producido cambios recientes (tener un hijo, etcétera).

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