Publicado: agosto 25, 2025, 6:28 am
El asesinato de Christopher Huerta en la colonia Jardín Balbuena ha encendido un debate urgente sobre los límites entre la legítima defensa y el uso legítimo de la fuerza por parte de agentes del Estado. Lo que comenzó como un punto de revisión vehicular terminó con un disparo letal, y con ello, la línea entre protección institucional y violencia desproporcionada se volvió difusa.
En términos jurídicos, la legítima defensa es una causa de justificación prevista en el artículo 15 del Código Penal Federal. Se configura cuando una persona repele una agresión real, actual o inminente, sin provocación suficiente y con medios proporcionales. En el caso Balbuena, el policía alegó haber sido agredido físicamente por Christopher antes de disparar. Pero ¿puede un servidor público invocar legítima defensa en el ejercicio de sus funciones? Desde luego que no, esta defensa es muy torpe y difícil de sostener jurídicamente hablando
La Ley del Uso legítimo de la Fuerza de la Ciudad de México establece que los elementos de seguridad deben aplicar la fuerza de manera gradual, racional y proporcional. El uso de armas de fuego está reservado para situaciones donde exista una amenaza grave e inminente para la vida del agente o de terceros.
En Balbuena, los videos muestran una riña, pero no una amenaza letal clara. La pregunta es: ¿el disparo fue una reacción instintiva o una decisión institucionalmente justificada? Para algunos en la riña, un juego de maleantes, los defensores de la legitima defensa nunca estuvo en juego la vida del policía, como si leyeran la mente del agresor.
La diferencia entre legítima defensa y uso legítimo de la fuerza no es solo semántica: es estructural. La primera es una reacción individual ante una agresión; la segunda es una herramienta regulada por el Estado para mantener el orden.
Balbuena no es solo una tragedia, es una advertencia. Si el Estado no distingue con claridad entre defenderse y violentar, entonces todos estamos en riesgo. La justicia no puede depender de interpretaciones laxas, sino de principios firmes que protejan tanto a los ciudadanos como a quienes los resguardan.
Querido lector, ningún ciudadano puede enfrentarse a la fuerza pública que ya sea cotidiano no quiere decir que este bien las fuerzas públicas tienen el derecho a repeler las agresiones no los podemos dejar indefenso que el sentido material de la causa, trabajan para los ciudadanos hasta la próxima.