Publicado: octubre 18, 2026, 1:08 pm
Durante las últimas dos décadas México avanzó en la construcción de un sistema de justicia penal para adolescentes; sin embargo, persisten desafíos estructurales que limitan su eficacia y es necesario implementar una política pública integral que articule las acciones de las autoridades responsables y coordine los programas de prevención, atención y reinserción social, plantearon especialistas consultados por El Economista.
Las especialistas subrayaron que la evolución del nuevo sistema de justicia para ese sector de la población ocurre en un contexto en el que los niños y adolescentes están particularmente expuestos a la violencia, inseguridad y delincuencia, además de que existe la percepción equivocada de que cuando cometen delitos estan exentos de responsabilidad penal, cuando en realidad son sujetos a un régimen especializado que reconoce su condición de personas en desarrollo y, por lo tanto, establece sanciones diferentes a las aplicables a los adultos.
En entrevista, la académica de la Facultad de Psicología de la UNAM, Sofía Magdalena Cobo Téllez explicó que las bases del actual Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (SIJPA) se establecieron con la reforma al artículo 18 constitucional de 2005, que permitió homologar la franja etaria para procesar a las personas adolescentes.
El sistema se ha ido consolidando con la creación de tribunales, fiscalías y autoridades especializadas en la materia, la publicación de protocolos para juzgar con perspectiva de infancia y adolescencia y la especialización de los operadores del sistema. No obstante persisten desafíos en la formación del personal que interviene en el sistema.
En 2015 se reformó el artículo 73 constitucional para facultar al Congreso de la Unión a expedir una legislación única en materia de justicia penal para adolescentes. Posteriormente, en junio de 2016 se publicó la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (SIJPA).
Para Cobo Téllez la expedición de esa ley representó un parteaguas porque sustituyó la diversidad de legislaciones por un marco normativo nacional.
Esa legislación establece la especialización de las instituciones y los operadores, así como el carácter excepcional del internamiento. Según la especialista, este principio ha contribuido a reducir el uso de medidas privativas de la libertad.
La ley también establece criterios para individualizar las medidas de sanción y delimita los supuestos en los que impone el internamiento (solo procede en 10).
La también coordinadora del “Manual de justicia penal para adolescentes”, editado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, destacó que a partir de la implementación de la ley se comenzó a generar una línea jurisprudencial especializada en la materia.
La académica destacó, además, que la legislación contempla mecanismos nacionales de información estadística sobre el funcionamiento del sistema de justicia penal para adolescentes. El Inegi es el encargado de realizar la Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal.
Exponen áreas de oportunidad del sistema
Por su parte, Marina Flores Camargo, directora de Monitoreo y Evaluación de Reinserta, afirmó que, si bien se han registrado avances en la creación de instituciones y la especialización de los operadores, todavía existen deficiencias en el trato que reciben los adolescentes.
Flores Camargo advirtió que algunos adolescentes sufren agresiones, y, en determinados casos, actos de tortura por parte de autoridades que intervienen en su detención o durante los procedimientos a los que son sometidos.
La especialista reconoció que una parte del personal ha recibido capacitación, pero indicó que persisten prácticas negligentes en la atención a los adolescentes.
Cobo Téllez coincidió en que una de las principales deficiencias del sistema es la insuficiente especialización de los operadores.
La académica explicó que la capacitación suele concentrarse en conocimientos generales, cuando se requiere una formación específica para cada operador, de acuerdo con sus funciones y la etapa del procedimiento en que interviene.
Llamó la atención que algunas entidades federativas carecen de todos los operadores especializados previstos por la legislación nacional.
Entre las deficiencias mencionó la ausencia, en algunas entidades, de las autoridades administrativas responsables de ejecutar medidas no privativas de la libertad.
Asimismo dijo que otra área de oportunidad es la corresponsabilidad de la sociedad en su conjunto.
“Nos hace falta mucho trabajo de la sociedad civil en general y de la familia para lograr la reinserción sociocomunitaria de los niños y adolescentes que han estado en conflicto con la ley”.
En ese aspecto, Flores Camargo dijo que hay estados que no cuentan con procedimientos acordes a un proceso de reinserción social.
En su opinión, es necesario establecer mecanismos de seguimiento individualizado para los adolescentes que concluyen sus medidas de sanción, particularmente aquellos que egresan de los centros de internamiento.
La especialista mencionó que la falta de acompañamiento despues del egreso limita las posibilidades de reinserción social y puede aumentar la reincidencia y exposición a situaciones de violencia.
Flores Camargo señaló que algunos adolescentes que estuvieron vinculados con organizaciones criminales manifiestan sentirse seguros dentro de los centros de internamiento. Sin embargo, temen que, al recuperar su libertad, sean agredidos por grupos rivales o por integrantes de las organizaciones que los reclutaron.
Otros adolescentes expresan preocupación por recuperar los vínculos con sus familias o reconstruir sus redes de apoyo.
La especialista explicó que algunos adolescentes provienen de entornos de profunda precariedad y perciben el internamiento como una experiencia más de las múltiples situaciones de vulnerabilidad que enfrentan.
Para Flores Camargo, uno de los mayorees problemas es que, después de cumplir sus medidas de sanción, muchos adolescentes regresan a los mismos entornos de violencia y precariedad que influyeron en su vinculación con actividades delictivas. Por ello, consideró indispensable establecer mecanismos de acompañamiento que favorezcan su reinserción social.
Hace falta que la sociedad conozca más cómo funciona el SIJPA, señalan
Las especialistas coincidieron en que es necesario ampliar el conocimiento público sobre el funcionamiento del sistema de justicia penal para adolescentes.
Cobo Téllez explicó que, contrario a una creencia extendida, los adolescentes sí pueden ser sujetos de responsabilidad penal por la comisión de delitos: Sin embargo debido a su condición de personas en desarrollo, están sujetos a procedimientos y medidas de sanción diferentes a las aplicables a los adultos.
La responsabilidad penal de los adolescentes está regulada por el artículo 18 constitucional, la legislación nacional especializada y los estándares internacionales de derechos humanos aplicables en la materia.
Asimismo destacó que el considerar a los niños y adolescentes como sujetos de derechos, no contradice la responsabilidad de la sociedad y del Estado de garantizar su desarrollo integral.
Señaló que niños y adolescentes están particularmente expuestos a la violencia y la delincuencia, tanto como víctimas directas como por el riesgo de ser reclutados por organizaciones criminales.
Cobo Tellez sostuvo que México carece de una política pública de justicia juvenil, que establezca ejes estratégicos acordes con el marco normativo nacional e internacional y articule las instituciones y los programas destinados a atender esta problemática.



