Publicado: octubre 16, 2026, 7:19 am
La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) recordó que el uso de la fuerza por parte de las corporaciones de seguridad debe regirse por los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y rendición de cuentas, ante los hechos registrados durante las recientes protestas en Jalisco por el agua.
Mediante una publicación en redes sociales, el organismo internacional también subrayó la obligación de las autoridades de investigar los acontecimientos de manera pronta, exhaustiva e imparcial, en un contexto de cuestionamientos por la actuación policial durante la manifestación del pasado 11 de octubre en Guadalajara, convocada para exigir agua potable de calidad.
“Ante los hechos registrados durante las recientes protestas en Jalisco, recordamos que el uso de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad debe regirse por los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y rendición de cuentas”, señaló la ONU-DH.
El organismo también recordó los estándares internacionales de Derechos Humanos sobre el uso de la fuerza y las armas de fuego por agentes del orden público en donde se destacan condiciones estrictas para el uso de éstas.
“Los principios generales rectores para el uso de la fuerza por parte del personal de las fuerzas del orden son los de legalidad, necesidad, proporcionalidad, no discriminación, precaución y responsabilidad”, se puede leer en el manual de referencia sobre el uso de la fuerza y las armas de fuego por agentes del orden público.
Mientras que para el tema de las armas de fuego, la institución internacional especificó que los agentes solo pueden recurrir al uso de armas de fuego contra personas en defensa propia o de terceros ante un peligro inminente de muerte o lesiones graves.
También para evitar la comisión de un delito particularmente grave que suponga una seria amenaza para la vida. De igual manera, para detener o impedir la fuga de una persona que represente ese peligro inminente.
El organismo en su manual explicó que las armas de fuego nunca deben emplearse para defender la propiedad (edificios o bienes), dispersar multitudes o disparar a sospechosos en fuga que no presenten un riesgo inminente e inmediato para la vida humana.
“La decisión de equipar y desplegar agentes del orden público con armas de fuego y otros instrumentos de fuerza requiere políticas adecuadas y una gestión que sea responsable, que rinda cuentas de cualquier déficit institucional”, reconoció.
