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¿Has sido víctima de phishing? Estos son los casos en los que el banco debe devolver el dinero

Publicado: septiembre 9, 2026, 11:56 am

Los ladrones son cada vez más habilidosos para engañar a sus presas. El phishing es la prueba de ello, un tipo de ciberataque que utiliza correos electrónicos, mensajes de texto, llamadas telefónicas o sitios web fraudulentos para hacerse con la información personal de sus víctimas. Y es que esta forma de estafa se ha desarrollado tanto que incluso el más advertido puede caer. Pero eso no es lo peor: muchas entidades bancarias se «lavan las manos» a la hora de ayudar a sus clientes a recuperar el dinero robado.

Si has sido víctima de phishing, debes saber que la ley te ampara. El Real Decreto-ley 19/2018 de servicios de pago declara que el usuario tiene derecho a la devolución inmediata de cualquier operación de pago no autorizada. Además, el banco está obligado a implantar la Autenticación Robusta de Clientes (SCA) para detectar patrones de gasto anómalos. Eso sin mencionar que, incluso habiendo revelado credenciales, la suplantación de identidad anularía por completo el principio de ‘consentimiento’.

El cliente debe comunicar la operación no autorizada sin demora injustificada. Para ello cuenta con un plazo máximo de 13 meses desde la fecha del adeudo o abono.

¿Qué hacer si el banco se niega a devolver el dinero?

Si el banco se niega a devolver el dinero, lo primero es reclamar por escrito ante su Servicio de Atención al Cliente, dejando constancia de que se trata de una operación que no ha autorizado y solicitando el reembolso. Para ello es necesario aportar toda la documentación disponible sobre el caso. Es decir, movimientos de la cuenta, mensajes recibidos, capturas de pantalla, comunicaciones y la denuncia presentada ante la Policía o la Guardia Civil.

La entidad tiene 15 días hábiles para responder. Si rechaza la reclamación o no responde en ese plazo, se puede acudir al Banco de España. El supervisor puede emitir un informe sobre el caso, pero cabe mencionar que no es vinculante. Desde Reclamador.es, recuerdan también que, en caso de seguir por la vía judicial, es mejor acudir a un profesional especializado en reclamaciones bancarias para estudiar las opciones disponibles, incluida la vía judicial.

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