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¿Vas a prestar dinero a tu hijo para que compre una casa? Esto es lo que debes hacer para no tener problemas con Hacienda

Publicado: septiembre 9, 2026, 8:42 am

Según el informe «Los jóvenes y el mercado de la vivienda en 2025», elaborado por Fotocasa Research, el 63% de los menores de 35 años que no han participado recientemente en el mercado tiene intención de comprar una vivienda en un plazo de hasta cinco años. Sin embargo, los precios son, sin duda, la principal barrera para conseguirlo; eso, sumado a la falta de ahorro que dificulta todavía más reunir el dinero necesario para una entrada y los gastos asociados.

En este contexto, el apoyo económico de los padres se ha convertido casi en un indispensable para muchos jóvenes que buscan su acceso a una vivienda en propiedad. Los datos del Consejo General del Notariado, recogidos por el mismo portal inmobiliario, muestran que en 2025 se registraron 62.263 donaciones monetarias de padres a hijos, frente a 18.848 en 2019, lo que supone un incremento del 230,3%. El importe medio alcanzó los 87.166 euros.

Pero entregar dinero a un hijo no implica necesariamente hacer una donación. Otra posibilidad es formalizar un préstamo entre particulares, mediante el cual los padres entregan una determinada cantidad y el hijo se compromete a devolverla en las condiciones acordadas. El préstamo puede pactarse sin intereses, aunque debe existir realmente una obligación de devolución y conviene dejar constancia documental de ella.

¿Cómo hacer un préstamo a tus hijos?

El primer paso es acordar las condiciones del préstamo. Padres e hijo deben establecer cuánto dinero se va a prestar, cuándo se entregará, durante cuánto tiempo se devolverá y de qué manera se realizarán los pagos. También deben determinar si habrá intereses o si será un préstamo a tipo cero. Lo recomendable es que todos estos aspectos queden recogidos por escrito antes de realizar la transferencia.

Después debe formalizarse un contrato de préstamo. Este documento resulta especialmente importante para acreditar que el dinero entregado no constituye una donación encubierta, sino una cantidad que el hijo tiene la obligación de devolver. Una vez firmado el contrato, el préstamo debe declararse mediante el modelo 600, correspondiente al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Los préstamos entre particulares están sujetos al impuesto, pero exentos de pago. La gestión corresponde a la comunidad autónoma y el plazo y procedimiento concretos deben comprobarse en función de dónde corresponda presentar la autoliquidación.

¿Cuál es la diferencia entre una donación y un préstamo?

A partir de ese momento comienza la devolución. Si se ha pactado, por ejemplo, que el hijo devolverá 40.000 euros en diez años, deberá realizar los pagos según el calendario establecido. Es aconsejable utilizar transferencias bancarias y conservar los justificantes, de manera que pueda demostrarse que el préstamo se está devolviendo efectivamente. No basta con firmar un contrato si en la práctica nunca existe intención de devolver el dinero: la operación debe responder a un préstamo real.

Si el préstamo se pacta sin intereses, los padres recuperarán únicamente el capital prestado. La principal diferencia frente a una donación es, por tanto, que el dinero debe regresar al patrimonio de los padres. En una donación, en cambio, el hijo recibe definitivamente el dinero y la operación queda sometida al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con condiciones fiscales que pueden variar entre comunidades autónomas.

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