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Restricción para designar directores afectará a SQM y eximirá a Codelco durante la alianza

Publicado: mayo 1, 2025, 4:57 pm

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) publicó recientemente el acuerdo el acuerdo de asociación público-privada entre la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco) y la Sociedad Química y Minera de Chile S.A. (SQM).

De acuerdo a La Tercera, el documento -de 123 páginas- fue aprobado el pasado 18 de abril con medidas de mitigación tras identificar que la operación podía reducir sustancialmente la competencial, dado que implicaría la creación de un nuevo vínculo estructural entre actores actuales y futuros de la industria del litio.

Ante esto, ambas empresas presentaron medidas de mitigación con el objeto de restringir los posibles flujos de información comercial sensible que podrían producirse apropósito de la operación y de sus acuerdos relacionados.

Una de las materias centrales acordadas fue definir límites a la designación de directores. 

Ambas empresas se comprometieron a «no nominar, votar, ni designar, sea directamente o a través de sus filiales, como directores de la sociedad conjunta a personas que desempeñen el cargo de directo, ejecutivo relevante, empleado o asesor (o que se haya desempeñado como asesor durante el último año calendario) en un actor del mercado del litio y cuyo grupo empresarial sea distinto del de la sociedad conjunta«.

«Las medidas responden a dos hipótesis de riesgo adicionales a las contempladas en la prohibición del interlocking horizontal vigente», señaló la FNE.

En esa línea, la distinción de grupo empresarial se convierte en un concepto clave para saber cómo operan las restricciones acordadas, ya que al ser parte de un mismo conglomerado, no aplica el denominado «interlocking». Es decir, la empresa que controle la alianza podrá designar sin restricciones a los directores que le correspondan.

En el primer periodo (2025-2030) de la alianza, «la Sociedad Conjunta formará parte del Grupo Empresarial de SQM; mientras que a partir del Segundo Periodo (2030-2060), la Sociedad Conjunta pasará a formar parte del Grupo Empresarial de Codelco«, señala el texto.

Igualmente, ambas empresas no podrán designar directores, ejecutivos, empleados o asesores a otros actores del litio».

Codelco se eximiría de restricciones

La FNE catalogó a Codelco como «una empresa de propiedad del Estado de Chile, con presencia en la industria minera a nivel mundial«, cuyas actividades se concentran el cobre y no en el litio, donde «se encuentra en proceso de desplegar una nueva línea de negocios, cuyo objetivo será la exploración, procesamiento y comercialización» del mineral.

La entidad consigna que pese a que Codelco tiene derechos sobre pertenencias mineras en los salares Maricunga y Pedernales, no tiene participación en el Salar de Atacama, principal foco de la alianza.

Igualmente, la empresa entregó proyecciones a la FNE sobre el inicio de sus operaciones, cuya la construcción en Maricunga estima comience en 2027 y se inicie la producción el 2030.

Lo anterior, eximiría a la empresa estatal de las restricciones que sí aplicarán a SQM, dado a la transición que vivirá en 2030, donde pasará de accionista no-controlador a accionista controlador.

También la medida que aplicará a otros actores del litio, afectaría una posible alianza de la empresa privada con Tianqui, accionista con el 22%, y Codelco con sus potenciales socios de Maricunga, como la francesa Eramet y la multinacional Rio Tinto.

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