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Qué está abierto y qué está cerrado hoy, 1 de enero, por feriado irrenunciable de Año Nuevo

Publicado: enero 1, 2025, 5:00 am

Este miércoles 1 de enero, como cada Año Nuevo, es feriado irrenunciable en todo el país, lo que significa que la gran mayoría del comercio no puede funcionar con normalidad y no pueden abrir sus puertas al público, ¿sabes qué está abierto o cerrado en esta fecha?

Sin embargo, la misma norma que obliga a este descanso obligatorio, explica cuáles son las excepciones y que negocios, comercios o tiendas tienen permitido funcionar y tener abierto este Año Nuevo.

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¿Qué está abierto hoy por feriado irrenunciable de Año Nuevo?

De acuerdo a la ley en Chile, desde las 20:00 horas del martes 31 de diciembre, durante todo el miércoles 1 de enero del 2025, y hasta las 6:00 horas del jueves 2, dura el feriado irrenunciable por la festividad de Año Nuevo, es decir, la prohibición de funcionar para el comercio en general.

En concreto, según ha dicho la Dirección del Trabajo (DT), en esta fecha específica, los trabajadores no pueden ejercer sus funciones aunque tengan un acuerdo previo con el empleador. De lo contrario, el empleador sufrirá multas por parte de la autoridad.

Como todo feriado irrenunciable, la ley contempla algunas excepciones respecto a los comercios que sí pueden abrir durante este Año Nuevo:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles (bencineras o bombas de bencina).
  • Farmacias de urgencia y de turno.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles.
  • Además, según un dictamen de la Dirección del Trabajo, no existe impedimento legal para que un negocio abra en un día de feriado irrenunciable, siempre que la atención sea efectuada directa o personalmente por su dueño.

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    ¿Qué está cerrado en Año Nuevo por feriado irrenunciable?

    Por el contrario, los comercios que no cumplan con las mencionadas excepciones, no pueden abrir sus puertas en Año Nuevo.

    Estamos hablando de grandes tiendas, malls, tiendas del retail, supermercados, etc.

    ¿A qué multas se exponen las empresas que no respeten el feriado irrenunciable?

    En caso de no cumplir con el feriado obligatorio e irrenunciable de Año Nuevo, las empresas pueden ser sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($336 mil) hasta 20 UTM ($1.345.000 aproximadamente) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa.

    Además, como compensación, desde 2016 está vigente una norma que señala que los trabajadores que estén exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador.

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