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Campillai acata «plenamente» el fallo contra posteos sobre oficial (r) Claudio Crespo

Publicado: febrero 21, 2025, 4:05 pm

El equipo de la senadora Fabiola Campillai anunció este viernes a Cooperativa que la parlamentaria acatará el fallo de la Corte Suprema que le ordenó borrar de sus redes sociales todas las publicaciones «que afecten la honra» del teniente coronel en retiro de Carabineros Claudio Crespo, quien está imputado por la agresión que causó la ceguera de Gustavo Gatica durante las protestas del estallido social.

La tercera sala del máximo tribunal acogió el recurso de protección presentado por la defensa del oficial y estableció que esas publicaciones «que ligan al policía con violaciones a los derechos humanos afectan su derecho a la honra y buen nombre por lo que deben ser eliminadas por constituir una acción de autotutela«.

Campillai no quiso entregar declaraciones sobre el fallo y desde su equipo solo se informó que acatará «plenamente» lo dictado por la Suprema, y aseguró que las publicaciones ya fueron borradas.

En detalle, el dictamen advirtió que en esta causa colisionan dos garantías constitucionales como es la libertad de expresión y el derecho a la honra. En este último, añade el texto, se consagra «el derecho al buen nombre, consistente en el concepto que del individuo tienen los demás miembros de la sociedad en relación con su comportamiento, honestidad, decoro, calidades, condiciones humanas y profesionales, derecho personalísimo que puede verse afectado cuando (…) se difunden y/o publican en una red social afirmaciones que producen descrédito a su respecto».

Esto, agrega, «con la pretensión de modelar el concepto público que se tiene del individuo, sobre la base de la atribución de conductas que constituyen ilícitos penales, y sobre los que no recae sentencia penal que declare la afectividad de la autoría que se le imputa».

Dicha acción tiende «a socavar el prestigio y la confianza de los que disfruta en el entorno social en cuyo medio actúa», argumenta la Corte Suprema.

La tercera sala remarca que «aunque la libertad de expresión ha sido fundamental en el imaginario mundo de la comunicación en el ciberespacio, la experiencia ha demostrado que en los entornos de comunicación virtual ella puede entrar en conflicto con otras libertades individuales, como son por ejemplo el derecho al buen nombre, cuando este es vulnerado con una afirmación deshonrosa publicada en un grupo, frente a la cual la persona tiene limitadas posibilidades de exigir y lograr una pronta corrección».

Así, advierte el tribunal, «la libertad de expresión no tiene un carácter absoluto y, por cierto, queda limitada por el derecho al buen nombre que le asiste al afectado por las expresiones deshonrosas que se han vertido en una red social pública».

En el cierre del fallo, la Corte Suprema concluyó que «las expresiones vertidas por la recurrida, sin otorgar una posibilidad de respuesta o de contra argumentación (…), afecta la honra de quien es sindicado derechamente como un violador de derechos humanos, cuestión que en el caso concreto y sus actuales circunstancias, importa un menoscabo antijurídico a la honra» de Crespo.

El carabinero en retiro enfrenta desde noviembre un juicio en el que está imputado por apremios ilegítimos con resultado de lesiones gravísimas, en un proceso que -según estiman- podría prolongarse por un año.

El Ministerio Público pide penas de 12 años de presidio en contra de Crespo por no apegarse a los protocolos y herir a Gatica causándole la ceguera.

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