Ya hay sanción para Vinícius: dos partidos de suspensión por la tarjeta roja que vio durante el partido de este pasado viernes entre Valencia y Real Madrid en Mestalla. El brasileño cumplirá su castigo en Liga, al ser menor de cuadro partidos, y podrá disputar la Supercopa de España este jueves, cuando el conjunto blanco se mide al Mallorca en semifinales.
Así lo ha decidido el Comité de Disciplina este martes, que resuelve que el delantero madridista deberá cumplir «dos partidos de suspensión por producirse de manera violenta al margen del juego, no estando en posibilidad de disputar el balón o el juego detenido».
El futbolista, que pidió «perdón» por lo ocurrido tras el partido y se exponía incluso a una sanción grave de cuatro partidos, lo que le hubiese impedido jugar en Yeda, también tendrá que pagar 600 euros de multa. El Real Madrid, por su parte, ha recibido una sanción económica de 700 euros.
Vinícius vio la roja el pasado 3 de enero, en el partido aplazado de la duodécima jornada de Liga, por «golpear a un adversario en la cabeza de manera deliberada, sin estar el balón en disputa, empleando una fuerza no insignificante«, según detalló el colegiado César Soto Grado en el acta del duelo.
El Real Madrid, que recurrirá la sanción a Vinícius, aportó alegaciones y pruebas videográficas apuntando a «un error material manifiesto en el acta arbitral», argumentando que la expulsión «se fundamenta en una valoración incompleta y sesgada de los acontecimientos», que «viciaría de nulidad la decisión arbitral al contravenir los principios de integridad, proporcionalidad y justicia que deben regir toda actuación deportiva».
El club blanco expone que la acción que costó la tarjeta roja a Vini se produjo tras recibir el delantero brasileño «insultos racistas graves», que denuncia «no fueron recogidos en el acta ni motivaron actuación alguna del colegiado del encuentro». Y apunta además a «omisiones» en las imágenes proporcionadas al colegiado por el VAR, al omitir «la provocación previa mediante agresión» de Dimitrievski.
Además, dado el «arrepentimiento espontáneo» de Vinícius tras el partido y por la «constante presión» que, según el Real Madrid, recibe su jugador de «aficiones y jugadores adversarios de forma reiterada y constante», solicitó en sus alegaciones que se dejara «sin efecto disciplinario la citada expulsión».
El Comité de Disciplina dictaminó que «no concurre a juicio ninguno de los supuestos que permitan apreciar un error material manifiesto», ya que «las imágenes aportadas permiten apreciar de forma inequívoca la acción recogida en el acta, que el propio Club no niega, no pudiendo sustituir el criterio técnico del colegiado en la apreciación del hecho producido».
Descartó que la omisión de imágenes proporcionadas por el VAR al árbitro invoque la resolución adoptada el 23 de mayo de 2023, al apreciar que, a diferencia del precedente invocado, «el colegiado pudo visionar (por dos veces) la totalidad de las imágenes del hecho sancionado, que le permitieron valorar la acción y adoptar su criterio técnico al respecto».
De esta manera, teniendo en cuenta el resto de circunstancias que señala el Real Madrid para determinar la sanción de dos partidos, el Comité explicó que «en ningún modo pueden justificar la acción del jugador expulsado», y recordó que pese a calificar de «reprobables» los hechos denunciados por el club, «no puede proceder de oficio a rearbitrar y adoptar las sanciones» que se debían haber impuesto al momento de acontecer los hechos.
Los cánticos de Mestalla denunciados por el Real Madrid y la denuncia de LaLiga, provocan que el Comité incoe «el oportuno expediente extraordinario para que pueda dilucidarse en el mismo, con todas las garantías, los hechos que puedan acreditarse y la imposición, en su caso, de las sanciones que correspondan».
Y apunta la resolución que «la entonación de cánticos que incitan a la violencia, que constituyen un manifiesto desprecio, así como cualquier actuación que suponga acoso o trato vejatorio contra cualquier persona por su origen racial constituyen infracciones muy graves desde un punto de vista jurídico».