La Sección Tercera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de la defensa del empresario Víctor de Aldama contra el auto del juez Santiago Pedraz que acordó su ingreso en prisión sin fianza por delitos de pertenencia a organización criminal, blanqueo de capitales y contra la Hacienda pública en el marco de una causa en la que se investiga un fraude en el pago de impuestos de hidrocarburos.
En su auto, la Sala rechaza el recurso de la nulidad que invocaba la defensa de Aldama por haber superado el plazo de detención de 72 horas y apunta que la gravedad de delito y la pena que se le pudiera imponer justifica la prisión dado que los imputados podrían eludir la acción de la Justicia mediante su fuga.
Según el tribunal, en esta fase de la investigación queda mucho material incautado en los registros que está pendiente de analizar que podría dar lugar a nuevas diligencias que podrían verse perjudicadas de encontrarse Aldama en libertad.
Los magistrados recuerdan que una parte importante de lo defraudado (casi 74 millones de euros) se podría haber transferido a cuentas en el extranjero por lo que es preciso su localización y bloqueo, así como la determinación de las operaciones de blanqueo presuntamente ejecutadas. Unas medidas que, según la sala «se verían frustradas o, al menos, dificultadas si el investigado se encontrara en libertad, ya que hoy día, con los medios telemáticos podría seguir operando con los fondos depositados en el extranjero y ocultar los canales utilizados para la transferencia de los fondos a terceros países».
Por todo ello, la Sala concluye que concurren dos de los fines (riesgo de fuga y posibilidad de destrucción de pruebas) que la ley contempla para legitimar la prisión provisional.
El juez Pedraz, que cifra el fraude en cerca de 182 millones de euros, señala como responsables de la organización criminal a los codirectores Claudio Rivas y Víctor de Aldama, como subdirectora a María Luisa Rivas, así como a otros cooperadores y una serie de testaferros situados en los órganos de administración de las sociedades suministradoras.
El magistrado sostiene que se han identificado hasta la fecha transferencias al exterior por importe de 73.902.852,60 euros a Portugal, Colombia y China.